FAMMA agradece al jurado de los XI Premios Madrid que haya distinguido a la Federación por su 'infatigable trabajo'

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FAMMA-Cocemfe Madrid recibirá el 'Premio Madrid', en su XI edición, por "su infatigable trabajo a favor de las personas con discapacidad". Así lo anunció ayer públicamente en su web Madridiario, el medio de comunicación que organiza estos premios, que serán entregados el próximo día 3 de junio en un acto que tendrá lugar en el Palace Hotel de la capital.


 

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Exención

Afectados de síndrome tóxico y personas con discapacidad en los supuestos contemplados en su normativa específica*
Personas perceptoras de pensiones no contributivas. Incluye la Pensión No Contributiva por Invalidez para las personas con una discapacidad mayor o igual al 65%.
Parados que han perdido el derecho a percibir el subsidio de desempleo en tanto subsista su situación.
Personas con tratamientos derivados de accidente de trabajo y enfermedad profesional.
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Aportación de un 10%

Para pensionistas, aunque con topes mensuales dependiendo de la renta. El término pensionista se refiere a toda persona que se esté beneficiando de una pensión por jubilación, viudedad, orfandad, subsidio por maternidad, incapacidad temporal…
Con el fin de garantizar la continuidad de los tratamientos de carácter crónico y asegurar un alto nivel de equidad a los pacientes pensionistas con tratamientos de larga duración, los porcentajes generales estarán sujetos a topes máximos de aportación en los siguientes supuestos:
  • A un 10 % del PVP en los medicamentos pertenecientes a los grupos ATC de aportación reducida, con una aportación máxima para el 2012, expresada en euros, resultante de la aplicación de la actualización del IPC a la aportación máxima vigente.
  • Los pensionistas y sus beneficiarios con una renta inferior a 18.000 euros pagarán un máximo de 8 euros al mes.
  • Los pensionistas y sus beneficiarios con una renta entre 18.000 y 100.0000 euros pagarán un máximo de 18 euros.
  • Los pensionistas y sus beneficiarios con una renta superior a los 100.000 euros pagarán un máximo de 60 euros.
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Aportación de un 40%

Para los trabajadores con rentas inferiores a 18.000 euros y para los parados con prestación por desempleo. Incluye a las personas con discapacidad que no se encuentran en ninguno de los supuestos de exención según el Código 001.
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Aportación de un 50%

Para los trabajadores con rentas superiores a 18.000 euros e inferiores a 100.000. Incluye a las personas con discapacidad que no se encuentran en ninguno de los supuestos de exención según el Código 001.
005

Aportación de un 60%

Para personas con ingresos anuales que superen los 100.000 euros. Incluye a las personas con discapacidad que no se encuentran en ninguno de los supuestos de exención según el Código 001.
006

Aportación de un 30%

Para los funcionarios que están excluidos del pago al SNS, pero pagarán un 30% a sus mutuas (Muface, Isfas, Mugeju).

 

*La inexistencia de una normativa específica, y el desconocimiento de cuándo se desarrollará, nos obliga a difundir la información basándonos en la consulta realizada a la Consejería de Sanidad de la Comunidad de Madrid, según la cual "el Ministerio de Sanidad asegura que estarán exentas de aportación farmacéutica las personas con una discapacidad igual o mayor al 33%, siempre que formen parte del colectivo beneficiario de prestaciones económicas y sociales de la LISMI". 

 

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