Vivienda Pública

 

Lugar: EMV (Empresa Municipal de la Vivienda). C/ Palos de la Frontera, 13.
Horario: De lunes a viernes, de 8:30 a 20:20 h.

Lugar: Juntas Municipales de Distrito.
Horario: De lunes a viernes, de 9:00 a 14 h.

A través de la página web: www.munimadrid.es/concejaliavivienda

Información telefónica: 010.
Horario: De lunes a viernes, de 8:30 a 21:00 h.

Información de interés:

Según la Ley 8/1993, de 22 de Junio, de Promoción de la Accesibilidad y Supresión de Barreras Arquitectónicas, se contempla en la Sección 3ª (artículo 27) la reserva de viviendas para personas en situación de movilidad reducida.

Con el fin de garantizar el acceso a la vivienda de las personas con movilidad reducida permanente, en los programas anuales de promoción pública se reservará un porcentaje no inferior al 3% del volumen total para satisfacer la demanda de vivienda de estos colectivos, de la forma que reglamentariamente se establezca.

En las promociones de viviendas de Protección Oficial, los promotores, ya sean sociales o privados, deberán reservar, en los proyectos que presenten para su aprobación, la proporción mínima que se establezca reglamentariamente y, en todo caso, respetando el mínimo establecido en el apartado anterior para personas con movilidad reducida permanente.




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