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El Gobierno aprueba la subida de la pensión de orfandad para discapacitados
Redacción de ACCESIBLE (8-3-04) La norma dispone, en su artículo único, que la pensión de orfandad a la que tengan derecho, al fallecimiento de sus progenitores, los mayores de dieciocho años e incapacitados para todo trabajo, se incrementará con el importe previsto, en cómputo anual, para la asignación económica por hijo a cargo minusválido mayor de dieciocho años, cuando se reúnan también los requisitos previstos para ésta. Dicho incremento se aplicará una vez garantizado el complemento de mínimos que pudiera corresponder y, además, no repercutirá sobre los límites aplicables a las pensiones de muerte y supervivencia. Cambio de opción A los beneficiarios que, teniendo derecho a ambas prestaciones, ya hubiesen optado desde e1 de enero de 2004 por la asignación económica por hijo a cargo, se les permite reformular su opción en favor de esta pensión de orfandad incrementada, con efectos retroactivos, a cuando fue causada. La medida es aplicable también a los pensionistas de orfandad de Clases Pasivas, según establece la disposición adicional única del Real Decreto. La medida persigue acomodar la protección social de este colectivo a su verdadera situación de necesidad y viene a dar respuesta a la demanda formulada por sus representantes. A la vez, sirve para poner fin a la polémica suscitada tras la entrada en vigor de la nueva ley de Seguridad Social, por la que se declaraban incompatibles entre sí, desde el 1 de enero de 2004, la pensión de orfandad y las asignaciones familiares por hijo con discapacidad. Según datos del Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales, a finales de 2003 unas 107.000 personas recibían ambas prestaciones.
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