El Gobierno crea un registro central para la protección de las víctimas de violencia doméstica


 

 

Servicio de Atención a Víctimas de Malos Tratos de FAMMA.

Redacción de ACCESIBLE (8-3-04)
El Consejo de Ministros aprobó el 5 de marzo un Real Decreto por el que se regula la organización, funciones, contenidos y procedimientos del Registro Central para la Protección de Víctimas de Violencia Doméstica, con los informes favorables del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ), del Consejo de Estado y de la Fiscalía General del Estado.

El Registro permitirá la activación inmediata de la orden de protección para víctimas de violencia doméstica en 24 horas desde que se produce la decisión judicial, así como la inscripción de decisiones tanto en materia penal como civil adoptadas inmediatamente por el mismo juez en lugar de tener que acudir a dos distintos.

Igualmente, permitirá la inscripción como delito de la primera agresión y habilitará al fiscal y al juez a imponer las agravantes en la condena en caso de reiteración que establece la reforma del Código Penal.

Además, servirá de instrumento de control de las nuevas medidas que en 72 horas como máximo debe adoptar el juez para proteger a las víctimas de la violencia doméstica, como son: prisión provisional, alejamiento y prohibición de aproximación a la víctima y a los hijos, atribución del domicilio conyugal, pérdida de la patria potestad, derecho de custodia o visita a los hijos, obligación inmediata de pasar una pensión a la víctima, pérdida inmediata de la licencia de armas, penas de prisión en caso del quebrantamiento del alejamiento y medidas específicas de protección de los menores.

El Registro Central permitirá conocer desde la primera agresión, tanto las acciones del agresor como garantizar la eficacia en el cumplimiento de las medidas dictadas para proteger mejor a la víctima o para regular la situación jurídico familiar o paterno filial que relaciona a la víctima con el agresor.

Según datos del Ministerio de Justicia, desde el 1 de agosto de 2003 se han acordado en España 6.004 órdenes de protección, que han supuesto la adopción de un total de 12.486 medidas cautelares penales y civiles.

Así, se acordaron 8.506 medidas de carácter penal (362 privativas de libertad, 4.987 prohibiciones de aproximación a la víctimas, 2.186 prohibiciones de comunicación, 971 prohibiciones de volver al lugar). Mientras, se han dictado 3.980 medidas provisionales civiles (1.348 atribuciones de vivienda, 1.407 custodias, visitas y comunicación con los hijos, 1.127 prestación de alimentos y 98 protecciones de menores).

Agilizar medidas legales

El registro tendrá un actualización constante pues constituirá una base de datos informatizada, se activará electrónicamente y con información en tiempo rea al que al mismo tiempo podrán acceder la Policía Judicial, los fiscales y los jueces durante los 365 días del año, las 24 horas de día, una vez que, a partir de este año, los juzgados penales tramitan las órdenes de protección contra la violencia doméstica por las mañanas, tardes, sábados y domingos.

Además de garantizar el cumplimiento de las medidas, el Registro permitirá agilizar las decisiones judiciales para proteger a las víctimas, así como facilitar la persecución del delito. Finalmente, proporciona al Juez Civil criterios para resolver las medidas civiles que han de regular la separación, el divorcio o las relaciones con los hijos y, además, proporciona a la Policía Judicial la información necesaria para la investigación del atestado por delito de violencia habitual y que este atestado se tramite como juicio rápido en el Juzgado.





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