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El Ejecutivo presenta bonificaciones fiscales para los productos ligados a la dependencia
Redacción de ACCESIBLE (23-1-06) El límite único de deducción por aportaciones a fondos y planes de pensiones y productos ligados a la dependencia será de 8.000 euros anuales. Estos productos se refieren a las figuras recogidas en la nueva ley de dependencia por las que se aprovisiona dinero para un supuesto caso de incapacidad o de movilidad reducida. Se mantiene el límite de deducción general anual de 8.000 para cada contribuyente. Pero, sólo si no supera el 30% de las rentas totales procedentes del trabajo y de actividades económicas del contribuyente, excepto para mayores de 52 años, cuya porcentaje sube hasta el 50%. Si hasta ahora, se podían desgravar 1.250 euros más por cada año en los que se sobrepasase esa edad, ahora sólo se podrá aportar cada año una cantidad adicional de 4.000, ya sea a los 53 años o a los 65. A cambio, se podrá seguir aportando a los planes de pensiones pasados los 65 años. Además, se incentiva el cobro de la prestación en forma de renta al aplicar el beneficio fiscal sólo cuando el rescate se realice en forma de renta vitalicia. Habrá un periodo transitorio para otros casos.
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