Lunes, 21 de Mayo de 2012
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FEDERACIÓN DE ASOCIACIONES DE PERSONAS CON DISCAPACIDAD FÍSICA Y ORGÁNICA DE LA COMUNIDAD DE MADRID

Ley de Dependencia y Autonomía Personal

Qué garantías ofrece la Ley de Dependencia

Con el Sistema de Dependencia, el Estado garantiza a las personas mayores y a las personas con discapacidad que no se puedan valer por sí mismas el acceso a los siguientes servicios sociales:

  • Ayuda a domicilio
  • Teleasistencia
  • Centros de día y de noche
  • Plazas residenciales
  • Ayudas técnicas

 

Qué grados de dependencia contempla

La situación de dependencia se clasifica en los siguientes grados:

  • Grado I. Dependencia moderada. Cuando la persona necesita ayuda para realizar varias actividades básicas de la vida diaria, al menos una vez al día.
  • Grado II. Dependencia severa. Cuando la persona necesita ayuda para realizar varias actividades básicas de la vida diaria dos o tres veces al día, pero no requiere el apoyo permanente de un cuidador.
  • Grado III*. Gran dependencia. Cuando la persona necesita ayuda para realizar varias actividades básicas de la vida diaria varias veces al día, y necesita el apoyo indispensable y continuo de otra persona.

*En cada uno de los grados de dependencia se establecerán dos niveles, en función de la autonomía de las personas y de la intensidad del cuidado que requiere.

 

Cómo solicitar los servicios y/o prestaciones

Para recibir las prestaciones económicas para cuidadores familiares o para la contratación de un asistente personal hay que seguir estos pasos:

  • Una vez sea aprobado el baremo de discapacidad, se puede solicitar una evaluación en los servicios sociales de su Comunidad Autónoma para determinar su grado y nivel de dependencia.
  • Se recibirá una acreditación con su grado y nivel de dependencia válido para todo el Estado.
  • Los servicios sociales de la Comunidad elaborarán, con la opinión del beneficiario, un Programa Individual de Atención con los servicios y/o prestaciones económicas que va a recibir.
  • El beneficiario recibe el ser vicio y/o prestación económica de su Comunidad Autónoma.

 

Cuál es el calendario previsto para su entrada en vigor

El calendario previsto para la puesta en marcha de esta Ley:

  • Enero y abril de 2007 comenzó la atención a todos los grandes dependientes, unas 20.000 personas en España
  • En 2008 comenzó la atención a los dependientes severos nivel 2
  • En 2009 comienza la atención a los dependientes severos nivel 1
  • En 2011 comienza la atención a los dependientes moderados nivel 2
  • En 2013 comienza la atención a los dependientes moderados nivel 1
  • En 2015 acaba el período de implantación del Sistema de Dependencia

 

Dónde obtener más información

Más información en el teléfono 91 593 35 50

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