Según establecen sus Estatutos, la Federación tendrá carácter abierto, pudiendo integrarse en
la misma, en las condiciones especificadas en los artículos 11 y 12, cuantas
Asociaciones y Entidades lo soliciten que estén legalmente constituidas en la
Comunidad de Madrid y estén dedicadas a la promoción y defensa de los derechos
de la personas con discapacidad física y orgánica.
Se establecen las siguientes clases de miembros:
a. Miembros de pleno derecho: podrán ser las Asociaciones o Federaciones de
la Comunidad de Madrid cuyos fines estatutarios tiendan a promover el interés
general en beneficio de los discapacitados físicos y orgánicos, y desarrollen
actividades en favor de aquellos.
b. Miembros adheridos: podrán ser las personas físicas y jurídicas, que no
teniendo naturaleza asociativa se dediquen a la promoción de actividades en
beneficio de las personas con discapacidad física u orgánica o
sus entidades. Igualmente podrán ser miembros adheridos, en las condiciones
anteriormente expuestas, aquellas asociaciones o entidades que formen parte de
algún miembro de pleno derecho de FAMMA-Cocemfe Madrid, en tanto se
desarrollen las organizaciones y estructuras comarcales.
La admisión de los miembros de FAMMA-Cocemfe Madrid
corresponde a la Comisión Ejecutiva de la Federación, por acuerdo favorable de
los dos tercios de sus miembros asistentes a la sesión, que dará conocimiento
a la Asamblea de las altas y bajas que se hayan producido para su
ratificación. Los derechos y obligaciones emanadas de la condición de miembros
se producen a partir de la fecha del acuerdo de la Comisión Ejecutiva, que
deberá ser notificado al miembro admitido en el plazo máximo de diez días.
El acuerdo de admisión se adoptará previa petición escrita de la
Asociación o Entidad solicitante dirigida al Presidente de la Federación y a
la que se acompañarán los documentos siguientes:
1. Documentos comunes a las dos clases de miembros:
a. Copia compulsada o autentificada por la Federación u organismo oficial
competente, de los Estatutos correspondientes y de la Resolución legal que
los aprueba.
b. Memoria circunstanciada de la actuación llevada a cabo desde su
constitución y de los proyectos de futuro.
c. Balance económico del año anterior y presupuesto del año en que se
realiza la petición de admisión.
d. Certificación de la identidad de los miembros de la Junta Directiva de
la Asociación que acredite la duración de su mandato.
e. Declaración-compromiso de la Junta Directiva de acatar los Estatutos de
la Federación.
f. Documento acreditativo del número de socios inscritos en la misma, con
sus datos personales, únicamente nombre y número de Socio, si lo considera
conveniente, actualizado en el día de la fecha de solicitud, mediante
certificado firmado por el Secretario y con el Visto Bueno del Presidente. Lo
dispuesto en este apartado se realizará, en todo caso, de conformidad con la
Ley Orgánica 15/1999, de Protección de Datos de Carácter Personal.
2. Documentos, que además de los anteriores, han de acompañar los Miembros
de pleno derecho.
a. Certificación que acredite su inscripción en el Registro de
Asociaciones de la Comunidad de Madrid.
b. Certificado del Acuerdo tomado en Asamblea General u órgano de gobierno
competente de querer federarse, emitido por el Secretario con el Visto Bueno
del Presidente de la entidad solicitante.
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